Todo lo que debes saber sobre hipotecas multidivisas
El Tribunal Supremo estableció la nulidad parcial de las hipotecas multidivisa en noviembre del pasado 2017. De este modo, se adaptaba a la doctrina ya establecida por el Tribunal de Justicia de la UE el pasado 20 de septiembre de 2017.
Recordamos que este tipo de hipoteca consistía en un tipo de préstamo que permitía el pago en otra divisa distinta al euro, pudiendo darse la mayoría en Dólares, Francos Suizos y Yenes, por lo que su cotización era la base para imponer los intereses y comisiones.
El Tribunal Supremo establece que la falta de transparencia e información por parte de los bancos a sus clientes en la contratación de este tipo de productos hipotecarios ha terminado generándoles un gran perjuicio y se ha hecho en cualquier caso “en contra de las exigencias de la buena fe”, ya que los clientes fueron meras víctimas al no ser conscientes de los graves riesgos que asumían con la contratación de este tipo de préstamos.
Debemos aclarar que la nulidad parcial se refiere a que el Tribunal Supremo lo que pide es que se declare nulo el crédito en todo lo que esté relacionado con la cláusula multidivisa, ya que si declarase nulo en su totalidad el préstamo, los clientes se verían obligados a devolver el importe total del mismo automáticamente.
¿Quiénes pueden reclamar a partir de esta sentencia del Tribunal Supremo?
Esta última sentencia da la opción de que todos los afectados puedan reclamar la hipoteca multidivisa, incluso a aquellos que ya han terminado de pagarla. En Sánchez Butrón Abogados te ayudamos a revisar tu hipoteca multidivisa para comprobar si se está produciendo o si produjo en su día un perjuicio económico.