Principales novedades a tener en cuenta en la Declaración de la Renta
La campaña de la renta llega con muchas novedades respecto a los años anteriores. Desde Sánchez Butrón Abogados, hemos recogido y resumido los principales cambios que debes saber antes de comenzar a realizar la declaración del ejercicio fiscal de 2022. Esperamos que os sirva.
1. Las ayudas, incluidas en la declaración.
A partir de ahora se tributa por ayudas recibidas, como, por ejemplo:
- El bono cultural joven de hasta 400 euros que concede el Estado, a través del Ministerio de Cultura y Deporte, para facilitar el acceso de los jóvenes a la cultura está sometido al IRPF en concepto de ganancia patrimonial. Respecto a su imputación temporal, será en el año en que se hayan adquirido los productos, servicios y actividades culturales subvencionables, pues es cuando se entiende que se ha producido el cobro de la subvención.
- El pago único de 200 euros tramitado a través de la web de la AEAT, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, procederá a imputar al período impositivo en que se haya producido el cobro de la ayuda.
- Las cantidades percibidas como bono alquiler joven, al igual que cualquier otra ayuda al alquiler similar, están sometidas al IRPF. La imputación temporal de la ayuda deberá efectuarse en el periodo impositivo en el que tenga lugar su cobro.
No obstante, si un contribuyente obtiene exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a 22.000 euros anuales y recibe ayudas por un importe inferior a 1000 euros anuales, no está obligado a presentar declaración.
2. Más ventajas para las madres trabajadoras
Novedades en deducción por maternidad por hijos menores de 3 años:
- En la deducción por maternidad correspondiente a los períodos impositivos 2020, 2021 y 2022, se entiende que continúan realizando una actividad por cuenta propia o ajena las mujeres que, a partir de 1 de enero de 2020, hubieran pasado a encontrarse en situación legal de desempleo, como consecuencia de haber quedado suspendido el contrato de trabajo o encontrarse en un período de inactividad productiva de las trabajadoras fijas-discontinuas, así como las trabajadoras por cuenta propia perceptoras de una prestación por cese de actividad, como consecuencia de la suspensión de la actividad económica desarrollada, pudiendo aplicar la deducción por maternidad por los meses en los que continúen en dicha situación.
- A partir del 1 de enero de 2023 tendrán derecho a la deducción las mujeres con hijos menores de tres años con derecho al mínimo por descendientes, en las que concurra alguna de las siguientes situaciones:
- Que en el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.
- Que en el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
- Que en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados.
3. Los intereses de Demora como ganancia patrimonial
Los intereses de demora abonados por la AEAT están sujetos al IRPF como ganancia patrimonial, conforme al nuevo criterio fijado por la Sentencia del Tribunal Supremo 24/2023, de 13 de enero. También se integrarán en la base imponible general los abonados por otras Administraciones Públicas o entidades de derecho público o privado.
4. Los planes de pensiones privados, limitados
La deducción a aportaciones anuales a los sistemas de previsión social no podrá superar 1.500 euros anuales, incrementándose en 8.500 euros, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales.
5. Más flexibilidad en el pago
Se han incrementado los límites máximos de aplazamiento/fraccionamiento de 12 a 24 meses y de 30.000 a 50.000 euros sin solicitar aval, a un interés del 3,75% anual. Con esta medida se busca dar mayor facilidad para solicitar fraccionamiento o aplazamiento en el importe a pagar en nuestra renta, en caso de necesitarlo.
Junto a estas principales novedades, se incluyen otras como una modificación del gravamen a las grandes fortunas, la declaración de ganancias o pérdidas por criptomonedas o pisos turísticos, o cambios significativos en los tramos del IRPF.
Si necesitas asesoramiento legal personalizado, ponte en contacto con nuestro equipo y nuestros profesionales te ayudarán a resolver cualquier complicación en la declaración de este año.